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18 de noviembre de 2014

Planes de pensiones. ¿Nos interesa contratarlos?. Lo que debes saber sobre ellos.


¡Hola a todos!.

¿Pensáis en vuestro futuro?. ¿Alguna vez os paráis a pensar en si cobraréis una pensión cuando os llegue la edad de vuestra jubilación?. Me imagino que muchos ni siquiera estáis trabajando, así que vuestra prioridad en esos momentos es simplemente el presente, y conseguir que entre un sueldo a casa a fin de mes.




En los últimos meses del año las entidades financieras y aseguradoras se afanan (y se centran) en lanzar campañas basadas en la venta de Planes de Pensiones o en la realización de  aportaciones extraordinarias a los mismos. Desde Octubre hasta Diciembre (e incluso hasta Enero) su mayor objetivo consiste en convencernos de que los Planes de Pensiones son nuestra mejor alternativa para ahorrar, asegurar nuestros últimos años de vida, y desgravar en nuestra declaración de IRPF, pero... ¿compensan realmente?.

¿Qué es un Plan de Pensiones?.

De forma que se entienda claramente, un Plan de Pensiones es un producto de ahorro, destinado a cubrir nuestras necesidades cuando lleguemos a la edad de la jubilación, y bien puede sustituir a las pensiones públicas (porque no se haya cotizado lo suficiente) o bien puede ser un complemento a las mismas.




Con un Plan de Pensiones te "obligas" de alguna manera a ahorrar, porque le vas destinando el excedente de tu salario para que así el día de mañana puedas disfrutar de un mejor nivel de vida, sacrificando de algún modo los caprichos diarios. Todas las cantidades que has ido aportando, te las devolverán en forma de capital (lo recuperas todo de golpe) o en forma de renta periódica (una cantidad fija al mes). También existen fórmulas mixtas.

Puedes destinar a tu Plan de Pensiones la cantidad que tú quieras, pero no te suelen dejar que sea menor a 50€ al mes o 600€ al año. Esas aportaciones puedes realizarlas mensualmente, trimestralmente o una vez al año, cuando cobras la paga extra de Navidad, por ejemplo.

También tienen la particularidad de que puedes suspenderlos, es decir, si llega un momento en el que no puedes seguir aportando a tu Plan de Pensiones, solicitas que se suspenda temporalmente, pudiendo volver a reactivarlo cuando tú quieras. Pero, cuidado, las cantidades que ya hayas aportado, no podrás recuperarlas fácilmente, tan sólo en los supuestos legales que te comento en el punto siguiente.



Por supuesto, puedes cambiar o traspasar tu Plan de Pensiones a la entidad que tú quieras, y el momento que desees, pero existe un máximo legal anual para aportar, en función de tu edad.

Una gran ventaja es las aportaciones que realices cada año, desgravan a Hacienda, pero luego veremos más profundamente el tema de la fiscalidad.

Se puede decir que un Plan de Pensiones es una hucha prácticamente irrompible, porque no puedes recuperar tu dinero cuando quieras, sólo en determinados supuestos, y por ello hay que pensar muy bien si se tiene la capacidad económica para contratarlo.



¿Que plan de pensiones escoger?.

Cada entidad financiera o aseguradora tiene disponibles muchos Planes de Pensiones, y a veces te puedes perder un poco. Se clasifican según tengas un perfil normal, arriesgado o conservador. Y es que según el Plan de Pensiones que hayas contratado, puedes conseguir jugosas rentabilidades, porque cada uno invierte en un tipo de renta distinta. La Renta Fija por ejemplo, no te dará problemas, su rentabilidad es muy escasa, pero es muy difícil que pierdas algo. En cambio la Renta Variable, invierte en Bolsa (dependiendo del plan, puede ser en la española, asiática, sudamericana..) y es una lotería a no ser que estés muy puesto en el tema y controles diariamente tu Plan de Pensiones. Por supuesto, hay combos que unen a una y otra, y tienes la capacidad de traspasar tu Plan de Pensiones a otro que te convenga más. Por ejemplo, en una época de bonanza económica, quizá te convenga tener un Plan que invierta al 100% en renta variable, pues puedes ganar dinero; pero en una época de crisis, lo mejor es invertir al 100% en renta fija, para no arriesgarte a perderlo todo. Por tanto, cuando se pase de una época a otra, debes llamar a tu Banco, y decirle que te traspase tu Plan al que mejor pueda mantener tus ahorros.

Te recomiendo:
  • Estar muy pendiente de tu Plan de Pensiones, como has visto, son muy diferentes entre ellos, y debes controlar su rentabilidad.
  • Cuando vayas a contratarlo, hazlo con una entidad solvente, rentable y cuya entidad depositaria tenga una larga experiencia en la Gestión de Planes de Pensiones.
  • Solicita que te entreguen una ficha con las rentabilidades históricas que haya tenido en el pasado el Plan de Pensiones que vas a contratar.
  • Y por último, lee la letra pequeña, no te fíes de nadie, a veces ni el mismo vendedor sabe lo que vende, y asegúrate del tiempo de permanencia de tu Plan.
¿En qué situaciones se puede rescatar un Plan de Pensiones?.

Normalmente, un Plan de Pensiones sólo se puede rescatar en estos casos:
  • Jubilación.
  • Paro Prolongado.
  • Enfermedad muy grave.
  • Invalidez.
  • Muerte.

El Gobierno ha aprobado recientemente que a partir de 2015, se puedan rescatar los Planes de Pensiones con diez años de duración, para incentivar la contratación de los mismos. Teniendo en cuenta la que se nos viene encima, no me extraña nada que hayan aprobado esta reforma.




¿Por qué interesa tanto a las entidades financieras que contratemos un plan de pensiones?.

A las aseguradoras les interesa porque ganan dinero y se financian, evidentemente, y las entidades financieras también, pero con la particularidad de que los Planes de Pensiones son productos de pasivo, o sea, dinero líquido de los ahorradores (igual que fondos de inversión, plazos fijos, etc) y ese es el dinero que los Bancos utilizan como activo (préstamos, créditos, hipotecas, etc). Si un Banco no tiene pasivo, no tiene dinero para prestar, y cómo realmente su rentabilidad viene dada por los intereses que cobran por préstamos, hipotecas y demás, pierden dinero. ¿Qué hacen?. Deben acudir a otros mercados para que le presten el dinero a ellos, teniendo que pagar un interés mucho más alto que el que pagan a los ahorradores por Plazos fijos, Fondos de Inversión...o Planes de Pensiones.



Para conseguir que contrates un Plan de Pensiones con ellos, se valen de regalitos, o porcentajes a recibir según la cantidad aportada o traspasada. Cuidado con la permanencia que os harán firmar y cuidado también con las retenciones a Hacienda. Informaos bien y leed detenidamente.


¿En qué se diferencia un Plan de Pensiones de un Plan de Jubilación?.

Ya hemos visto lo que es un Plan de Pensiones, y un Plan de Jubilación viene a ser lo mismo, un producto de ahorro pensado para complementar nuestra pensión de jubilación.

Pero no son iguales. Normalmente los Planes de Jubilación son gestionados por entidades aseguradoras y no desgravan en Hacienda, pero son más líquidos, es decir, es más fácil rescatarlos, porque normalmente se pacta una fecha de rescate, y si no la cumples, puedes pagar una comisión por penalización.



No son tan rentables como los Planes de Pensiones, pero tampoco son tan arriesgados.

A la hora de rescatarlos, son mejores que los Planes de Pensiones, porque su fiscalidad es más favorable, sólo debes tributar por los intereses obtenidos a través de las cantidades aportadas.

Sois vosotros los que decidís, en función de vuestras necesidades e intereses.


Fiscalidad al aportar y rescatar tu Plan de Pensiones.

Los Planes de Pensiones desgravan en la declaración de la Renta, sí, pero ¿cuánto?. Depende de tu renta y depende de las cantidades aportadas. Os dejo un cuadro que os será útil a la hora de averiguar vuestro ahorro.


Fuente

Pero si pensáis que todo es muy bonito y que cuando decidáis rescatar vuestro Plan de Pensiones, os llevaréis las cantidades aportadas más la rentabilidad obtenida, os equivocáis.

La cantidad rescatada, ya sea por vosotros o por vuestros herederos, está sujeta al IRPF en concepto de rendimientos del trabajo, formando parte de la base imponible general y tributando al tipo correspondiente según el tramo. A mayor cantidad, mayor tipo impositivo, y más cantidad habremos de pagar al fisco.

Como ya habréis deducido, las consecuencias fiscales de solicitar el rescate de una vez o en rentas a través del tiempo, son muy diferentes en uno u otro caso, por ello, y dependiendo de los años en que se hayan realizado las aportaciones, os convendrá hacerlo de una u otra forma, independientemente de cuáles sean vuestras necesidades y decisión final. De todas formas, conviene tener en cuenta también si conviene realizar el rescate el mismo año de la jubilación o al siguiente; así como el crecimiento o decrecimiento de los ingresos anuales.

Nota: Existen empresas que realizan aportaciones a Planes de Pensiones de sus empleados. Éstas deben ser declaradas por el beneficiario como rendimiento del trabajo en especie.


En definitiva, el Plan de Pensiones está hecho para el que puede ahorrar, y eso, hoy día y en este país, es harto difícil. Una política corrupta y una gestión ineficaz han contribuido a la bajada de salarios, aumento de precios y al descontento generalizado.

Yo no digo que haya que subir la edad de jubilación, pero bajarla, en un país cada vez más envejecido, no es la solución. No sé, igual algunos piensan que los que hayan sacrificado viajes y caprichos durante toda su vida, para así disfrutar de una jubilación cómoda, deban compartir su Plan de Pensiones con los que han vivido a todo tren...




Yo paso de debates políticos en este espacio mío, pero la verdad es si unos no me gustan, los otros me gustan menos, y la decepción y la inseguridad campan a sus anchas por mi mente...


Qué pensáis vosotros, ¿Contrataríais un Plan de Pensiones?.¿Lo tenéis ya?.


Como siempre, muchas gracias por estar ahí, leer y/o comentar...

¡¡BESAZOS y nos vemos en las redes sociales!!.