Estamos en crisis (algunos dicen que saliendo de ella) y encima las entidades bancarias nos vapulean cobrándonos comisiones a mansalva y además, cada vez son más y más caras...pero, ¿sabemos cuándo podemos reclamar y si estamos en nuestro derecho a hacerlo?.
Échale un vistazo a este post, no te va costar nada pero te puede ahorrar mucho...
Hoy vamos a hablar de COMISIONES DE MANTENIMIENTO Y ADMINISTRACIÓN.-
1. No deben cobrarlas si tienes una nómina domiciliada, así como tus recibos o tarjetas de débito. Si tu entidad bancaria te las está cobrando, consulta a otras, actualmente existen muchas en las que si cumples una serie de requisitos (los nombrados más arriba) no las cobran, así como no te cobran las transferencias nacionales o las cuotas de tarjetas de débito (y en algunos casos tampoco las de crédito). Infórmate, no te quedes parado pensando que va a ser un follón cambiarte de Banco, etc. Levántate y ahorra!!.
3. No deben cobrarlas si tienes planes de pensiones, depósitos a plazo, acciones, fondos de inversión...estos productos son importantísimos para las entidades bancarias y no les interesa que se fuguen, aprovéchalo y pide que te retrocedan esas comisiones.
5. No pueden cobrarlas si se han cobrado en cuentas que sirven para el único uso de pago de hipotecas o préstamos (sin nada más domiciliado) o abono de intereses de imposiciones a plazo fijo u otro tipo de productos de pasivo (los productos de activo son préstamos, hipotecas, créditos, etc y los de pasivo son plazos fijos, acciones, fondos de inversión, etc). Esto se refleja claramente en la web del Banco de España dónde se expresa: "El Servicio considera que cuando las cuentas se mantienen por imposición de la entidad o cuando son utilizadas exclusivamente para abonar los intereses de un depósito o para dar servicio a un préstamo hipotecario, no corresponde a los clientes correr con los gastos de ninguna comisión por mantenimiento o administración.
- Por imposición de la entidad, pues conduciría al absurdo de que el cliente tenga que pagar por cumplir una obligación -como la apertura de una cuenta para facilitar la gestión de la entidad- que la propia entidad le impuso en interés propio, lo cual es claramente contrario al principio de reciprocidad y a las buenas prácticas y usos bancarios".
- Por voluntad del interesado, pues la comisión carecería de causa. No obstante, si las entidades negaran la gratuidad a este canal de pago, podrían habilitar alternativamente cualquier otro procedimiento para que los prestatarios pudieran hacer los pagos sin coste alguno (como transferencias a una cuenta habilitada a ese fin, domiciliación en cuentas abiertas en otras entidades, etc.). De no ser así, deberían informar del coste a soportar en el momento de la contratación".
(Pág. 128 del documento CRITERIOS ESPECÍFICOS DE BUENAS PRÁCTICAS BANCARIAS).
En primer lugar, reclamando por escrito a la entidad, con carta dirigida a su servicio de atención al cliente. Tienen un plazo para contestar de dos meses. Asegúrate de llevar dos copias (una para ellos y otra sellada con registro de entrada para que obre en tu poder la justificación y fecha, de que se ha entregado tal reclamación.
(Imágenes tomadas de Google).
Espero que os haya sido útil la entrada y os aconsejo también leer esta otra:
Tips y consejos para mejorar tu cultura financiera
Y ya sabes, pide y reclama, no tienes nada que perder y sí mucho que ganar!!. Si tenéis cualquier duda o necesitáis una carta-tipo, estoy disponible en cukina79@gmail.com.
Como siempre, muchas gracias por estar ahí, leer y/o comentar...
BESAZOS!!!.
Hola Artículo muy útil. Imagina que puedes ver los dulces empaquetados en la ventana del supermercado con sus precios. Y en la caja, se le informa que a este precio se le agregarán tarifas por el embalaje, la entrega desde la habitación de atrás al área de ventas, el despliegue en el escaparate, el alquiler de carros y el cobro de un recibo de efectivo. En la banca, este es a menudo el caso, ya que las tarifas por servicios que no son necesarios para el cliente se incrementan artificialmente por el servicio recibido por el cliente.
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